¿Dispone su industria de termómetros o termógrafos para el transporte, almacenamiento, distribución y control de productos?
Si la respuesta es afirmativa, debe saber que sus equipos deben ser verificados por un organismo competente para la realización del control metrológico en su Comunidad Autónoma, en el caso de Andalucía, la entidad no podía ser otra que VEIASA.
Pero, entremos en detalle:
¿Qué equipos están sometidos a dicha verificación?
Si dispone de productos que deban estar sometidos a temperatura regulada por algún requisito legal, los equipos utilizados en la medición o el registro deben estar verificados. Como ejemplo más evidente nos viene a la mente la industria alimentaria a la que la Orden ITC/3701/2006, que no os la había presentado aún, aplica de lleno. Pero no es la única, en un aálisis rápido encontramos a la industria farmaceútica, servicios sanitarios (y con ellos me refiero a cualquier empresa que por el motivo que sea deba conservar medicamentos a cierta temperatura, como por ejemplo, resdencias de ancianos, unidades de estancia diurna, …).En estos casos todos los termómetros implicados deben ser verificados.
Poniendo de ejemplo a la industria alimentaria, pueden ser muchísimos equipos y la verificación no es precisamente barata.He hablado de industria alimentaria, pero siendo puristas, hasta el termómetro que regula la temperatura de la vitrina que conserva la ensaladilla en nuestro bar favorito, también debería estar verificado … quizás pueda ser excesivo pero si lo pensamos bien, la verificación sería una garantía en que la información que nos aporta el termómetro es adecuada, y con la salud no podemos correr riesgos.
¿Pueden ser verificados todos los termómetros y termógrafos?
La respuesta es NO, con explicaciones.
Si nuestro equipo es anterior a 2006, estos pueden seguir en uso siempre que superen las pruebas de verificación.
Si nuestro equipos es posterior a 2006, posterior a la publicaciónd de orden, además de cumplir con las pruebas de verificación, éstos deben ser homologados y mostrar las marcas de conformidad:
Marcado nacional.
Con esto quiero decir, que si nuestro termómetro o termógrafo fue comprado despues del 7 de diciembre de 2006 y no dispone del marcado correspondeiente, independientemente de que pueda superar las pruebas de verificación, el resultado final sería de NO CONFORME.
¿Cada cuánto deben realizarse las verificaciones?
La respuesta es clara, cada 2 años y tras reparación o modificación.
¿Es suficiente esta verificación para mi sistema e gestión de la calidad según ISO 9001?
Desde mi punto de vista no, es decir, un equipo de uso continuado que solo se controle cada 2 años, me parece excesivo, sería necesario disponer de métodos de control adicionales, llamámelos contrastes, dónde comprobar que nuestro equipo no se ha desajustado.
Podéis descargar la Orden pinchando aquí.